ALIMENTOS, PROCEDE EL AUMENTO DE LAS PENSIONES PARA, AUN CUANDO NO SE ALEGUE ELEVACION EN EL COSTO DE LA VIDA.
Siendo un hecho evidente el alza del costo de la vida durante los últimos años, resulta inconcuso que esa sola circunstancia es suficiente para justificar el aumento de las pensiones decretadas hace varios años, sin que obste en contrario el hecho de que este argumento no lo hagan valer los acreedores alimentarios en sus demandas, ya que siendo notorio el hecho, no necesita ser probado y el órgano jurisdiccional puede invocarlo aunque no haya sido alegado por las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241818-0e215610/alimentos-procede-el-aumento-de-las-pensiones-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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