Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA PERICIAL, VALORACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 241866 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Cuarta Parte; Pág. 48

La facultad de valorar la prueba pericial le permite al juzgador (más aún, le obliga, si no hay otras pruebas que produzcan convicción distinta) examinar el contenido de los diferentes dictámenes apreciando los datos que miran tanto a la calidad de los peritos, como a las de sus razones, para sustentar su opinión, y las demás circunstancias del caso, sin más limitación que la impuesta por los principios de la lógica y la experiencia, para formarse una convicción respecto del dictamen que tenga más fuerza probatoria, en los términos de los artículos 318 y 327 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas; pues debe tenerse presente que los dictámenes periciales constituyen opiniones técnicas destinadas a auxiliar al órgano jurisdiccional en aquellos puntos o cuestiones que requieren conocimientos especiales, para el descubrimiento de la verdad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241866-3a8050af/prueba-pericial-valoracion-de-la-legislacion-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5682/71. Juan Antonio Ortiz Galván y Antonio Avila Torres. 23 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.