INEXISTENCIA Y NULIDAD. DIFERENCIAS.
La inexistencia se presenta cuando faltan los elementos esenciales del acto jurídico, aquellos elementos sin los cuales, el acto no nace a la vida jurídica; en cambio, la nulidad presupone la existencia del acto, aun cuando sea de manera imperfecta. Dicho en otras palabras, el acto existe, pero está viciado por la falta de alguno o algunos de los elementos de validez.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242241-93f91c2a/inexistencia-y-nulidad-diferencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2313/67. Francisco Ortiz Castillo Balcázar. 2 de diciembre de 1970. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
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