SEGURO SOCIAL. TRABAJADORES INDEPENDIENTES. SU INCORPORACION VOLUNTARIA FUERA DE PERIODOS DE INSCRIPCION ES VALIDA.
Conforme al artículo 198 de la Ley del Seguro Social, la incorporación voluntaria de los trabajadores independientes está sujeta a la existencia de períodos de inscripción que fije el instituto, pero si el trabajador independiente solicitó fuera de período su incorporación y fue admitido, resulta intrascendente que no haya existido el período de inscripción. Pues al aceptarse su incorporación debe estarse a lo dispuesto por el artículo 199, el cual señala que aceptada la incorporación, serán aplicables las disposiciones del régimen obligatorio del seguro social.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243149-24927358/seguro-social-trabajadores-independientes-su-incorporacion-voluntaria-fuera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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