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Modo: Corpus Pro

SALARIOS, FALTA DE PAGO DE. RESCISION DE LA RELACION LABORAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 243708 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Quinta Parte; Pág. 43

La acción de rescisión por falta de pago de salarios, fundada en el artículo 51 fracción V de la Ley Federal del Trabajo, procede cuando el trabajador demuestra, no únicamente que el patrón no le pagó su salario en la fecha, tiempo y lugar convenidos o acostumbrados, sino además: 1. Que se presentó a cobrar su salario en el lugar convenido o acostumbrado, y 2. Que el patrón se negó a pagarle dicho salario. La negativa del patrono en pagar el salario al trabajador es precisamente la que lo coloca en un plano de ilicitud, el cual constituye el elemento esencial para la configuración de la causal de rescisión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243708-ca042dc3/salarios-falta-de-pago-de-rescision-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4179/74. Fernando Rivera Ramírez y otros. 6 de enero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Leandro Fernández Castillo.

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