PETROLEROS. CLAUSULA DE EXCLUSION POR INGRESO. EXTINCION.
Si la sección sindical propuso a un trabajador para que se le otorgara un determinado puesto, el cual ya se había otorgado en forma definitiva, previa proposición sindical de otro trabajador, es claro que la empresa no es responsable de los daños y perjuicios que le reclame el segundo, derivados de su falta de contratación, porque como en la empresa existe el régimen de exclusión por ingreso, una vez que el primer trabajador fue propuesto por el sindicato y contratado por Petróleos Mexicanos, se extinguió el derecho de dicho sindicato para hacer otra proposición.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244262-ea1f3d32/petroleros-clausula-de-exclusion-por-ingreso-extincion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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