TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, AUTO DE FORMAL PRISION DICTADO CONTRA LOS. EFECTOS.
La existencia de un auto de formal prisión en contra de un trabajador, en los términos de la fracción II del artículo 45 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, puede dar lugar a la suspensión del contrato de trabajo; en cambio, no es suficiente para decretar la cesación de los efectos del nombramiento, ya que para esto el artículo 46 de la ley citada requiere, en el inciso j) de la fracción V, que exista prisión que sea resultado de una sentencia ejecutoria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244718-9e198ffd/trabajadores-al-servicio-del-estado-auto-de-formal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRISION PREVENTIVA DE LOS. CUANDO DA LUGAR A LA SUSPENSION DE LOS EFECTOS DE LOS NOMBRAMIENTOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, SUSPENSION DE LOS EFECTOS DE LOS NOMBRAMIENTOS EXPEDIDOS A LOS, POR PRISION PREVENTIVA. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LOS NOMBRAMIENTOS EXPEDIDOS A LOS, POR PRISIÓN PREVENTIVA.- (555)
- SUSPENSION EN LAS LABORES DEL TRABAJADOR, CON MOTIVO DEL AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- RESGUARDOS ADUANALES, CESE POR AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO, SUSPENSION DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis