CONFESIONAL, VALOR DE LA.
Partiendo de la base de que por confesión debe entenderse el reconocimiento que una persona hace de un hecho propio que se invoca en su contra y que como consecuencia esa prueba sólo produce efectos en lo que perjudica a quien la hace, resulta imposible lógica y jurídicamente otorgarle eficacia demostrativa en favor de las propias absolventes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245033-96327a9a/confesional-valor-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1605/86. Sebastián Nogueira Mota y otro. 10 de febrero de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretario: José Luis Guzmán Barrera.
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