CONFESION, VALOR PROBATORIO DE LA.
Es lógico y legal que los hechos imputados por la actora a la demandada no puedan ser justificados por la misma parte actora en la absolución de las posiciones que se le articularon, tomando lo que le beneficia, ya que tal prueba sólo produce efectos en lo que perjudica al absolvente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277450-f91e7d39/confesion-valor-probatorio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5619/56. María Guadalupe García González. 7 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen V, Quinta Parte, página 38, tesis de rubro "CONFESION, ABSOLUCION DE POSICIONES POR LA MISMA PARTE QUE LAS FORMULA.".
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