AGRARIO. BIENES COMUNALES, RECONOCIMIENTO Y RESTITUCION
Conforme al artículo 225 de la Ley de Amparo, el Juez resolverá sobre la constitucionalidad de los actos reclamados tal como se hayan probado, aun cuando sean distintos de los invocados en la demanda, si esto es en beneficio de comuneros. Ahora bien, si los comuneros reclaman que se les desposeyó de tierras y títulos virreinales, y reclaman la falta de tramitación de un expediente de reconocimiento y titulación de bienes, el secretario de la Reforma Agraria, en sus agravios, sostiene que ello se debe a que los quejosos nunca han sido despojados de las tierras cuya restitución reclamaron, y afirma que nunca estuvieron en posesión de ellas sería absurdo negar el amparo, de manera que la pretensión deducida por los comuneros nunca fuese resuelta por la autoridad, con violación del artículo 8o. constitucional. Pero también sería absurdo amparar para que la autoridad continuase el procedimiento de jurisdicción voluntaria establecido en el artículo 356 de la Ley Federal de la Reforma Agraria, para negar, a fin de cuentas, el reconocimiento y titulación de los bienes comunales. Lo que procede, conforme a la situación real del conflicto y a la naturaleza de los actos reclamados, es que las autoridades tramiten y resuelvan, conforme a derecho y en términos de los artículos 279 y relativos, de la Ley Federal de la Reforma Agraria, en un lapso que no exceda al señalado en la ley, sobre la petición de restitución de tierras efectuada por los quejosos como comuneros, a fin de que éstos obtengan una resolución administrativa final a su pretensión y, en su caso, estén ya, de una vez, en aptitud de impugnarla constitucionalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245102-b483b39f/agrario-bienes-comunales-reconocimiento-y-restitucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AGRARIO. DESPOSEIMIENTO DE TIERRAS COMUNALES. INTERES JURIDICO. (s/clave)
- SUSPENSIÓN. CASO EN QUE PROCEDE CONTRA RESOLUCIONES DE RECONOCIMIENTO Y TITULACIÓN DE BIENES COMUNALES.- (1300)
- AGRARIO. SUSPENSION. NO PROCEDE DECRETARLA OFICIOSAMENTE SI NO SE ACREDITO POR EL POBLADO QUEJOSO LA TITULARIDAD DE LOS BIENES RESPECTO DE LOS CUALES RECLAMO LA DESPOSESION ALEGADA (s/clave)
- SUSPENSION. CASO EN QUE PROCEDE CONTRA RESOLUCIONES DE RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE BIENES COMUNALES. (s/clave)
- AGRARIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- ACCIÓN RESTITUTORIA AGRARIA. IMPROCEDENCIA DE LA, ENTRE SUJETOS DEL RÉGIMEN AGRARIO.- (638)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis