SUSPENSION. PRUEBA DE LOS DAÑOS CON MOTIVO DE LA FIANZA FIJADA EN EL INCIDENTE DE. QUEJA INFUNDADA.
Si mediante el recurso de queja se combate un auto que fija fianza para que surta efectos la suspensión de los actos reclamados en un amparo directo, y se apoya dicho recurso en la fracción VIII del artículo 95 de la Ley de Amparo, porque el citado auto causa daños y perjuicios notorios, pero no se da ningún argumento sobre el motivo por el cual se causan los supuestos daños, ni existe constancia o prueba sobre el particular, la queja debe declararse infundada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245824-8f6e3635/suspension-prueba-de-los-danos-con-motivo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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