FERROCARRILEROS. NO PUEDEN OCUPAR DOS PLANTAS SIMULTANEAMENTE.
Si se demuestra que un trabajador ya ocupaba con el carácter de planta determinado puesto, el hecho de que el mismo trabajador haya laborado en distinto cargo no lo hace adquirir el derecho a que se le otorgue también la base dentro de la diversa rama escalafonaria, percibiendo el salario correspondiente a ambas categorías, sino que su derecho está limitado a tener una sola planta, con la remuneración relativa a esa plaza, considerándose las labores ejecutadas en el otro puesto, como extraordinarias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246265-0c6adb74/ferrocarrileros-no-pueden-ocupar-dos-plantas-simultaneamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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