Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SEGURO, CONTRATO DE. LA EXCLUSION DE RIESGOS DEBE HACERSE CONSTAR EXPRESAMENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 246318 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 19, Séptima Parte; Pág. 59

Conforme al artículo 59 de la Ley del Contrato de Seguros, la empresa aseguradora responderá de todos los riesgos cuyas consecuencias se hubiesen asegurado "a menos que el contrato excluya, de una manera precisa, determinados acontecimientos". Este precepto legal exige que en los contratos de seguros, en caso de que se pacte la exclusión para la aseguradora con respecto a determinados riesgos, es necesario que se establezcan expresamente, no tácitamente, y con toda precisión, los acontecimientos excluidos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246318-abe5abd2/seguro-contrato-de-la-exclusion-de-riesgos-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1790/67. "La Libertad", Cía. General de Seguros, S.A. 28 de julio de 1970. Mayoría de tres votos. Disidente y Ponente: Salvador Mondragón Guerra.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis