COMPETENCIA ENTRE JUECES DE DISTRITO, ARTICULO 42, PRIMERA PARTE, DE LA LEY DE AMPARO.
Conforme a la primera parte del artículo 42 de la Ley de Amparo, es competente para conocer del juicio de amparo que se promueva contra actos de un Juez de Distrito, otro de la misma categoría dentro del mismo distrito, si lo hubiere o no en su defecto, el mas inmediato dentro de la jurisdicción del Tribunal Colegiado a que pertenezca dicho Juez; y como la demanda de amparo está enderezada contra actos del Juez Cuarto de Distrito, residente en Matamoros, Tamaulipas, en donde existe un solo Juez, es claro que le corresponde conocer de ella al más inmediato, dentro de la jurisdicción de este Tribunal Colegiado, a cuyo circuito pertenece el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Tamaulipas, residente en la ciudad de Reynosa.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246671-63ff9c33/competencia-entre-jueces-de-distrito-articulo-42-primera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA DE AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA PARA CONOCER EN AMPARO INDIRECTO DE RESOLUCIONES DICTADAS POR UN TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO. CORRESPONDE A OTRO TRIBUNAL DE LA MISMA JERARQUÍA Y NO A UN JUEZ DE DIST (VIII.1o. J/5)
- COMPETENCIA PARA CONOCER EN AMPARO INDIRECTO DE RESOLUCIONES DICTADAS POR UN TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO. CORRESPONDE A OTRO TRIBUNAL DE LA MISMA JERARQUÍA Y NO A UN JUEZ DE DIST (330)
- COMPETENCIA LEGAL DE JUZGADO DE DISTRITO. JURISDICCION. (s/clave)
- COMPETENCIA ENTRE JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
- COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO. CARECE DE ELLA UN JUEZ DE DISTRITO, CUANDO ES SEÑALADO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis