Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO. CONFESION FICTA COMO UNICO ELEMENTO PROBATORIO. ES INSUFICIENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 246811 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 242

Es cierto que, por regla general, cuando a una de las partes se le tiene tácitamente por confesa, existe la presunción de que los hechos materia de las posiciones calificadas de legales, son ciertos; sin embargo, en tratándose de divorcio, dado el interés que tiene la sociedad en mantener unido el vínculo conyugal, la presunción que engendra la presunción ficta, si no está adminiculada con ningún otro elemento probatorio que confirme la existencia y realización de tales hechos, es insuficiente para decretar la disolución de vínculo matrimonial.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246811-31cea26f/divorcio-confesion-ficta-como-unico-elemento-probatorio-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 318/87. J. Socorro Mendoza Durón. 8 de septiembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Solórzano Zavala. Secretario: José de Jesús Quesada Sánchez.

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