REPARACION DEL DAÑO EN EL DELITO DE DESPOJO, OBLIGACION DEL COACUSADO POSEEDOR, A LA.
Si la posesión del inmueble materia del despojo la detentan el o los coacusados, no exime a estos de la obligación de restituir, junto con el directo responsable, el bien usurpado, puesto que obviamente no teniendo el carácter de terceros en la relación, responden del ilícito y de sus consecuencias, en su integridad, como un todo, y no solo en la medida en que cada cual hubiese participado. Así deben interpretarse los artículos 29, 30 fracción I y 36 del Código Penal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247256-7192843c/reparacion-del-dano-en-el-delito-de-despojo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESPOJO, RESTITUCIÓN DE LA POSESIÓN DEL BIEN MATERIA DEL, COMO REPARACIÓN DEL DAÑO.- (4356)
- DESPOJO, RESTITUCION DE LA POSESION DEL BIEN MATERIA DEL, COMO REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- DESPOJO DE INMUEBLES. REPARACION DEL DAÑO EN EL DELITO DE. (I.4o.P.44 P)
- DESPOJO DE INMUEBLES. REPARACIÓN DEL DAÑO EN EL DELITO DE.- (4333)
- DESPOJO. DELITO DE. DEBE CONDENARSE A LA RESTITUCION DEL BIEN INMUEBLE Y NO AL PAGO DE LA REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- DESPOJO. DELITO DE. DEBE CONDENARSE A LA RESTITUCIÓN DEL BIEN INMUEBLE Y NO AL PAGO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO.- (4335)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis