SUSTITUCION DE LA PENA DE PRISION POR TRATAMIENTO EN LIBERTAD. IMPROCEDENCIA DE LA FIANZA.
En el caso de que se concede el tratamiento de libertad a que se refiere el artículo 70 fracción II, en relación con el 27, primer párrafo, del Código Penal vigente, no es admisible que la autoridad judicial requiera de fianza al beneficiario para que dicha sustitución surta efectos, pues no existe precepto expreso en el código punitivo que así lo contemple. Tampoco se advierte que fianza alguna pudiera tener eficacia, en virtud de que el tratamiento en libertad únicamente consiste en la aplicación de medidas laborales, educativas y curativas, en su caso, autorizadas por la ley, conducentes a la readaptación social de un sentenciado, bajo la orientación y el exclusivo cuidado de la autoridad ejecutora (artículo 5o. transitorio del decreto relativo a esa reforma). Caso distinto en el cual sí procedería exigirla, es cuando la pena de prisión se sustituye por tratamiento en semilibertad, ya que como ésta consiste en la alteración de períodos de privación de la libertad y de tratamiento en libertad bajo las formas indicadas en le segundo párrafo del artículo 27 del mencionado Código Penal, sólo mediante la obligación subsidiaria de un fiador podría, dado el caso, garantizarse "el cumplimiento de los deberes inherentes a la sustitución de sanciones", como lo señala el artículo 72 del código sustantivo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247393-a81333ba/sustitucion-de-la-pena-de-prision-por-tratamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRISION, SUSTITUCION DE LA PENA DE. TRATAMIENTO EN LIBERTAD. INNECESARIO REQUERIR GARANTIA ALGUNA. (I.2o.P. J/27)
- PRISION, SUSTITUCION DE LA PENA DE. TRATAMIENTO EN LIBERTAD. INNECESARIO REQUERIR GARANTIA ALGUNA. (659)
- PENA DE PRISION, SUSTITUCION DE LA, POR TRATAMIENTO EN LIBERTAD. FINALIDAD. (s/clave)
- PENA DE PRISIÓN, SUSTITUCIÓN DE LA, POR TRATAMIENTO EN LIBERTAD. FINALIDAD.- (5249)
- SUSTITUTIVA DE PRISION POR TRATAMIENTO EN LIBERTAD. APERCIBIMIENTO INDEBIDO PARA LA PROCEDENCIA DE LA. ( [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 586)
- TRATAMIENTO EN SEMILIBERTAD, SU OTORGAMIENTO NO REQUIERE EXIGIR FIANZA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis