Corpus
Modo: Corpus Pro

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. DIFERIMIENTO DE OFICIO DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 247597 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 83

Hasta en tanto no se envíen por la responsable las documentales por cuya remisión fue requerida de oficio, no puede llevarse a cabo la audiencia constitucional en un juicio de garantías, pues desde el momento en que el Juez de Distrito hizo tal requerimiento, se hecho a cuestas la obligación de hacer cumplir su determinación, inclusive haciendo uso de los medios de apremio, sin que sea necesaria gestión de la parte quejosa.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247597-a9827680/audiencia-constitucional-diferimiento-de-oficio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 299/86. Salvador García Navarro. 13 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Alberto Macías Comparán.

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