AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, MOMENTO PROCESAL OPORTUNO PARA SOLICITAR EL DIFERIMIENTO DE LA, A FIN DE QUE LAS PARTES PUEDAN RENDIR PRUEBAS.
El momento procesal oportuno para solicitar a un juez de Distrito el diferimiento de la audiencia constitucional a efecto de que requiera a la autoridad responsable la remisión de constancias o documentos que previamente se le hayan solicitado y que se pretendan ofrecer como pruebas en el juicio de garantías, es hasta antes de la hora fijada para la celebración de la audiencia de ley; en razón de que es hasta esa etapa procesal cuando concluye la oportunidad que tiene la autoridad requerida para cumplir con la obligación impuesta, en el sentido de expedir al interesado o hacer llegar al juicio la documentación exigida y por constituir además la ocasión en que el peticionario pueda percatarse del incumplimiento de dicha autoridad.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208225-22a216f3/audiencia-constitucional-momento-procesal-oportuno-para-solicitar-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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