SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION QUE NO ABSORBE A LA COMPRA.
Si bien el delito contra la salud en su modalidad de compra, se subsume al de posesión, esto ocurre cuando está plenamente determinado que la droga poseída sea la misma que se adquirió por cualquier medio; por lo que si no está determinado plenamente que la marihuana que poseía el quejoso sea la misma que él hubiese comprado, es por ello que la modalidad de compra y posesión no pueden quedar subsumidas, conservando cada una de ellas sus características autónomas destacadas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248137-e8e32337/salud-delito-contra-la-posesion-que-no-absorbe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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