QUEJA IMPROCEDENTE. PRINCIPIO DE PRECLUSION.
Los autos que dicta la autoridad judicial deben gozar del principio de preclusión, lo cual significa que las partes únicamente pueden inconformarse con ellos dentro del término que para el efecto prevé la ley aplicable al caso, lo que evita que en cualquier momento puedan ser cuestionados, es decir, sin sujeción a tiempo, propicia que la determinación que tome el Juez pase a adquirir el carácter de firme y redunda en la pronta y expedita impartición de justicia.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248957-7bcc7428/queja-improcedente-principio-de-preclusion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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