AGRAVIOS EN LA REVISION.
Son inoperantes los agravios en los cuales el recurrente no expone argumentación alguna para impugnar la legalidad de la sentencia del Juez que la hubiere dictado, pues dicho recurrente debe demostrar que existieron violaciones de forma o de fondo. Si los agravios carecen de estos requisitos, no se encuentran apegados a la técnica jurídico procesal del juicio de garantías, por lo que debe confirmarse el fallo recurrido.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249064-995acddb/agravios-en-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 391/83. Mario Izaguirre Valdez. 23 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Martínez Delgado.
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