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INVERSIONES EXTRANJERAS, FACULTADES DEL SECRETARIO EJECUTIVO Y DIRECTOR GENERAL DE, Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 249178 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 109

El secretario ejecutivo y director general de Inversiones Extranjeras y Transferencia de Tecnología, actuando por sí y no en representación de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, carece de facultades para dejar sin efecto una autorización concedida por la referida comisión, para la constitución de una sociedad en la cual participa capital extranjero, puesto que únicamente se le faculta para vigilar, verificar e inspeccionar el cumplimiento de la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera, aplicando las sanciones establecidas en dicho ordenamiento legal; lo que no implica tener facultades para dejar insubsistente una resolución dictada por la referida comisión, con apoyo en los artículos 5o. y 12, fracciones I, II y III, de la Ley que Regula la Inversión Extranjera. No es óbice para la anterior conclusión, la circunstancia de que la agraviada no haya cumplido con determinados requisitos exigidos por la autoridad responsable, en el procedimiento administrativo en que se pronunció la resolución reclamada, puesto que ello no significa que el acto autoritario pueda ser emitido por una autoridad sin facultades para dictarlo o pronunciarlo, ya que sobre cualquier argumentación se encuentra el imperativo constitucional de que todo acto de autoridad debe ser emitido por quien legalmente sea competente para ello; competencia que no puede surgir de una tácita manifestación de voluntad del particular al haber concurrido al procedimiento administrativo en que se emitió la referida resolución, sino que dicha competencia en todo caso debe emanar de la disposición legal o reglamentaria.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249178-ad1a48e1/inversiones-extranjeras-facultades-del-secretario-ejecutivo-y-director · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1436/83. Alimentos Mexicanos Selectos, S.A. de C.V. 28 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital G. Secretario: Enrique R. García Vasco.

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