INVERSION EXTRANJERA. DEBE SOLICITARSE PREVIAMENTE SU AUTORIZACION.
Si el artículo 12, fracción III, de la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Extranjera, señala que la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras tendrá la atribución de resolver sobre la inversión extranjera "que se pretenda efectuar" en empresas establecidas o por establecerse en México o en nuevos establecimientos, es claro que debe solicitarse la autorización para la inversión y que la solicitud debe ser previa al momento en que se efectúe dicha inversión, dentro de la vigencia de la ley, en una empresa ya establecida o en un establecimiento nuevo, pues no dice la ley que se resolverá sobre las inversiones "que se hayan hecho", sino que se refiere a las inversiones "que se pretenda efectuar". Es decir, la pretensión de efectuar la inversión es considerada en la norma como una pretensión a futuro. Y esto es lógico, pues si se pretende regular la inversión extranjera para evitar que dañe a la economía nacional, en vez de beneficiarla, es claro que esa inversión debe ser autorizada con anterioridad al momento en que se efectúe. Otra interpretación permitiría efectuar inversiones continuamente, aunque se retirasen a posteriori, al ser negada la autorización, lo que sería evidentemente una regulación deficiente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251949-08af2a88/inversion-extranjera-debe-solicitarse-previamente-su-autorizacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INVERSION EXTRANJERA. REQUIERE AUTORIZACION. (s/clave)
- INVERSION EXTRANJERA, SUPUESTO EN QUE NO ES PREVIA LA AUTORIZACION QUE EXIGE EL ARTICULO 8o. DE LA LEY PARA PROMOVER LA INVERSION MEXICANA Y REGULAR LA. (s/clave)
- INVERSIONES EXTRANJERAS, COMISION NACIONAL DE. INTERES JURIDICO PARA RECLAMAR SUS RESOLUCIONES. (s/clave)
- INVERSION EXTRANJERA. RELOCALIZACION DE PLANTAS. (s/clave)
- INVERSIONES EXTRANJERAS, FACULTADES DEL SECRETARIO EJECUTIVO Y DIRECTOR GENERAL DE, Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA. (s/clave)
- COMISION NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS ES AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis