SALARIOS VENCIDOS, CUANTIFICACION DE LOS, EN CASO DE MEJORAS AL SALARIO.
Si en sentencia dictada por un Juez de Distrito, éste determina que deben formar parte los incrementos salariales obtenidos de la fecha en que el actor fue separado de su empleo a aquella en la cual el demandado se negó a acatar un laudo dictado en su contra, de la cuantificación de los salarios vencidos con motivo de la fijación de la responsabilidad solicitada por el patrón, en virtud de haberse negado a acatar dicho laudo, no obstante que en la demanda laboral no se hubieren reclamado tales incrementos, esa determinación es fundada, porque la procedencia del pago de los mismos nace de la acción de reinstalación ejercitada por el trabajador, cuyo laudo se negó a cumplir el patrón, ya que, en atención a dicha reclamación, es indudable que el actor pretendía el cumplimiento del contrato, y si por causa del demandado el trabajador no pudo continuar a su servicio, las mejorías salariales que correspondan a la plaza que desempeñaba éste, obtenidas durante el período comprendido entre su separación y la negativa del patrón a cumplir el laudo, benefician al reclamante, pues de haber continuado en su trabajo habría gozado de esos incrementos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249270-7303c463/salarios-vencidos-cuantificacion-de-los-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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