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Modo: Corpus Pro

VIOLACIONES PROCESALES. CASOS EN QUE PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO. PRUEBAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 249311 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 220

Cuando el acto reclamado se hace consistir en la resolución de la autoridad responsable en que admite pruebas, dicha hipótesis no puede entenderse comprendida expresamente como violación procesal que resulte reclamable en amparo directo, toda vez que la fracción III del precepto mencionado se refiere al caso en que no se reciban las pruebas que legalmente había ofrecido el quejoso o cuando no se le reciban conforme a la ley, siendo esta violación procesal limitativa. En tal virtud, no existe fundamento para hacer extensiva, por analogía, la disposición antes citada al caso en que se admitan pruebas y por ende esta infracción a la norma del procedimiento puede ser reclamada en amparo indirecto.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249311-ebd9d642/violaciones-procesales-casos-en-que-procede-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 289/84. Humberto Heras Sotelo. 29 de marzo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretaria: Petra Quezada Guzmán.

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