Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DEMANDA DE AMPARO, DOCUMENTOS OBJETABLES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 153 DE LA LEY, A LOS CUALES ES DISTINTA LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 249438 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 70

El artículo 153 de la Ley de Amparo da oportunidad a las partes para objetar los documentos ofrecidos por cualquiera de ellas, sin que la demanda de garantías pueda considerarse que tenga el carácter de aquellos documentos a que dicho precepto se refiere, siendo suficiente analizar las disposiciones que lo anteceden para percatarse que el artículo invocado hace relación a los documentos que como pruebas pueden ofrecer las partes en el susodicho juicio y que son distintos a la demanda, por ser ésta únicamente el acto procesal por virtud del cual el agraviado ejercita su acción con el fin de obtener la protección constitucional.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249438-f246a6a2/demanda-de-amparo-documentos-objetables-a-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 63/83. Alfonso García Pérez. 9 de septiembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Lucía Ayala León. Secretaria: Lidia Beristáin Gómez. Notas: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE GARANTIAS. NO ES DE AQUELLOS DOCUMENTOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 153 DE LA LEY DE AMPARO.". Esta tesis contendió en la contradicción 15/97 resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 148/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, diciembre de 2000, página 11, con el rubro: "DEMANDA DE AMPARO. EL ESCRITO RELATIVO REVISTE EL CARACTER DE DOCUMENTO PRIVADO, POR LO QUE ES SUSCEPTIBLE, JURIDICAMENTE, DE SER OBJETADO DE FALSO EN TERMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 153 DE LA LEY DE AMPARO."

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis