INCOMPETENCIA, EXCEPCION DE. CASOS EN LOS QUE SU DESESTIMACION DEBE CONOCERSE EN AMPARO INDIRECTO.
La hipótesis normativa de la fracción X del artículo 159 de la Ley de Amparo, es en el sentido de que el juzgador continúe el procedimiento después de haberse promovido una competencia, lo cual revela una conducta de comisión por omisión, al dejar de sustanciar una excepción de previo y especial pronunciamiento y continuar la secuela procesal, en cuyo caso la violación procesal puede ser reclamable en amparo directo que en su caso se promueva en contra de la sentencia definitiva. Situación muy diversa ocurre cuando ante la promoción de la excepción de incompetencia se provee su desechamiento, se deja de continuar la secuela procesal y en contra de tal determinación se intenta recurso ordinario que concluye con resolución, pues en este caso este último acto tiene el carácter de irreparable requerido por la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, por lo que es susceptible de ser reconocido en amparo indirecto por un Juez de Distrito.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249500-6d3021ec/incompetencia-excepcion-de-casos-en-los-que-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INCOMPETENCIA, EXCEPCION DE. LA RESOLUCION QUE LA DESESTIME ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO. (I. 3o C. J/7)
- INCOMPETENCIA, DESECHAMIENTO DE PLANO DEL INCIDENTE DE. ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO. (s/clave)
- COMPETENCIA, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCION QUE DECLARA INFUNDADA LA EXCEPCION DE FALTA DE. (s/clave)
- INCOMPETENCIA, CUANDO EL TRIBUNAL CONTINUE EL PROCEDIMIENTO UNA VEZ PLANTEADA LA. DEBE RECLAMARSE EN AMPARO DIRECTO COMO VIOLACION PROCESAL. ( [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 262)
- COMPETENCIA, PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCION QUE DECLARA FUNDADA LA EXCEPCION DE FALTA DE. (s/clave)
- AMPARO INDIRECTO. ES PROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DESECHA LA EXCEPCIÓN DE FALTA DE COMPETENCIA POR DECLINATORIA, SI CONDENA AL PAGO DE COSTAS. (VII.3o.C.11 K)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis