DIVORCIO. INJURIAS. UNA SOLA DE ELLAS PUEDE SER CAUSAL SUFICIENTE.
Tratándose de palabras o expresiones injuriosas, aun cuando se trate de un hecho aislado, sí pueden destruir cabalmente las condiciones en que se sustenta la vida en común, que debe estar basada en la mutua consideración, armonía y solidaridad de los esposos; se debe decir que bajo determinadas circunstancias, un solo acto o expresión puede adquirir tal gravedad, por la dañada intención con que se haya proferido o ejecutado, para humillar, despreciar o intranquilizar al ofendido, que dé lugar a la procedencia del divorcio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250053-21475079/divorcio-injurias-una-sola-de-ellas-puede-ser · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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