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Modo: Corpus Pro

APELACION. NO TIENE CARACTER DE UN NUEVO JUICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 251624 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 24

La sustanciación del recurso de apelación no tiene el carácter de un nuevo juicio, sino que es una revisión de la resolución dictada en primera instancia, lo cual implica que el primer acto procesal del tribunal ad quem no pueda conceptuarse como la primera determinación de un nuevo juicio y, por ello, no puede estimarse que deba regir en la alzada lo estatuido por el artículo 113 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, o sea, que el primer acto procesal de ese tribunal deba ser notificado personalmente a los litigantes, en su domicilio.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251624-2b4bd728/apelacion-no-tiene-caracter-de-un-nuevo-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 454/79. Jesús Romero Cárdenas. 16 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretario: Luis Quevedo Angel.

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