Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

NOTIFICACION PERSONAL. SE RIGE POR LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 113 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE CHIAPAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 220586 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 224

Es inexacto que la sala responsable tenga la obligación de ordenar la notificación de la resolución que el quejoso reclama, aun cuando éste al contestar los agravios hechos valer por el apelante haya señalado domicilio "... para oír y recibir toda clase de notificaciones..." si ésta no encuadra dentro de las hipótesis que señala el artículo 113 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chiapas; ni tampoco se encuentra en el caso de que se haya dejado de actuar por más de dos meses.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220586-02074bd6/notificacion-personal-se-rige-por-lo-dispuesto-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 306/91. Rosalío Chang Muñoz. 29 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis