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Modo: Corpus Pro

APELACION, AUTO QUE CALIFICA EL GRADO DE ADMISION DEL RECURSO DE. NO AMERITA NOTIFICACION PERSONAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 251622 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 23

El auto que califica el grado de admisión del recurso de apelación, no amerita notificación personal, porque no es la primera notificación dentro del juicio, ni tiene el carácter de un requerimiento, por lo que no queda comprendido dentro de las resoluciones que el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas exige que sean notificadas en forma personal.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251622-bc93dfa6/apelacion-auto-que-califica-el-grado-de-admision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 454/79. Jesús Romero Cárdenas. 16 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretario: Luis Quevedo Angel. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "AUTO QUE NO AMERITA NOTIFICACION PERSONAL.".

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