PETICION, DERECHO DE. PLURALIDAD DE FUNCIONARIOS.
No se viola el derecho de petición cuando la contestación la haya producido un funcionario inferior al titular, a quien, según el quejoso compete decidir la solicitud, porque es de hacerse notar que si ésta estuvo dirigida a diversos funcionarios de una secretaría de Estado conjuntamente, en una sola promoción, luego entonces no resulta irregular que el proveído de trámite provenga del último de los funcionarios a quien se listó finalmente como encargado de sustanciar la solicitud, máxime si en el caso la contestante forma una sola autoridad con aquélla ante quien se ocurrió.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/252819-2bf1895c/peticion-derecho-de-pluralidad-de-funcionarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PETICION, DERECHO DE. NEGATIVA A RECIBIR ESCRITOS PARTICULARES. ES VIOLATORIA. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. VIOLACION NO CONFIGURADA. (s/clave)
- DERECHO DE PETICION, VIOLACION DEL. CUANDO SE ESTIME INCOMPETENTE LA AUTORIDAD ANTE LA CUAL SE PRESENTO. (I.4o.A.709 A)
- PETICION, DERECHO DE. RECURSOS ADMINISTRATIVOS. (711)
- PETICIÓN, DERECHO DE. RECURSOS ADMINISTRATIVOS.- (439)
- PETICION, DERECHO DE. RECURSOS ADMINISTRATIVOS. (I.4o.A.1)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis