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Modo: Corpus Pro

SOCIEDADES DE CAPITAL VARIABLE. NO SON ESPECIES DIFERENTES A LAS SEIS QUE RECONOCE LA LEY.

Clave: — · Registro digital (IUS): 253575 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 231

La Ley General de Sociedades Mercantiles solamente establece seis especies de sociedades porque su artículo 1o. reconoce limitativamente las siguientes: sociedad en nombre colectivo, sociedad en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad en comandita por acciones y sociedad cooperativa; sin que de lo previsto en su parte final pueda inferirse el reconocimiento de once especies diferentes, al constituirse las cinco primeras como sociedades de capital variable.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253575-3104eed4/sociedades-de-capital-variable-no-son-especies-diferentes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 171/76. Seguros América Banamex, S.A. 8 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Luz María Perdomo Juvera.

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