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Modo: Corpus Pro

MANIOBRAS DE CARGADURIA. APLICACION DE LA TARIFA PARA ABRIDURAS SOLO A TRABAJOS REALIZADOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 253897 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 87, Sexta Parte; Pág. 54

Si no se trata de una nueva tarifa, ni de variar la ya existente, sino de la modificación consistente en que "... la harina de pescado, papel para periódico, roca fosfórica, chatarra, pasta de celulosa y asbesto en importación, así como el café en grano y el cacahuate con cáscara en exportación, que se despachan a granel o sea uniforme el contenido de los bultos, será suficiente con examinar, abrir y pesar un bulto o el 1% de cada partida uniforme. Al respecto, esta dependencia con base en la disposición emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Aduanas, y considerando la modificación del porcentaje de cada partida sujeta a abriduras para despacho aduanal, indica a esa Empresa de Servicios Portuarios de Veracruz, S.A. de C.V., la obligación de aplicar las cuotas de su tarifa vigente para abriduras sólo a trabajos realizados, que en este caso y para las cargas ya especificadas será sobre el 1% de cada partida uniforme...", como la autoridad dentro de sus atribuciones es la capacitada para determinar la mejor forma de cumplir con sus obligaciones, y dentro de esas atribuciones consideró que para cumplir con su función aduanal es suficiente con la apertura de un bulto de aquéllos que contienen el mismo producto, es claro que el sindicato quejoso no puede alegar intervención alguna dentro de lo que sólo son atribuciones de la autoridad aduanal. En estas condiciones, por las razones antes apuntadas, no puede decirse que se hubiera violado la garantía de audiencia ni el debido proceso legal en perjuicio del sindicato quejoso, pues no hubo modificación a la tarifa, sino sólo un cambio en la práctica establecida por la autoridad para su servicio de inspección aduanal.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253897-c956acad/maniobras-de-cargaduria-aplicacion-de-la-tarifa-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 661/75. Sindicato de Cargadores y Abridores del Comercio y de la Zona Marítima del Puerto de Veracruz. 16 de marzo de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz.

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