OSCURIDAD DE LA DEMANDA, EXCEPCION DE, EN MATERIA LABORAL.
Aun en la hipótesis de que la demanda sea oscura, por no haberse precisado la forma y términos en que ocurrió el despido, tal circunstancia no produce indefensión si el demandado opone la excepción de abandono del trabajo porque de acuerdo con la jurisprudencia de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en estos casos es el patrón quien debe probar su excepción y no el actor el despido.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/254560-a73eb54d/oscuridad-de-la-demanda-excepcion-de-en-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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