DESPIDO. EXCEPCIONES EN CASO DE.
Si el demandado se excepcionó diciendo que fue el trabajador quien abandonó el servicio pero del resultado de las pruebas que ofreció se encuentra que su interés jurídico fue demostrar que el actor incurrió en desobediencia al trabajo contratado y falta de respeto al patrón, al desechar la Junta las pruebas relativas y no darles el valor pretendido por el quejoso, es incuestionable que no violó ninguna disposición de la ley de la materia, pues en primer lugar, no tenía por qué estudiar dichas probanzas, ya que se relacionaron con hechos que no alegó en su defensa, y en segundo término, la circunstancia de haberlas examinado no pudo causarle agravio alguno, por cuanto lo demostrado con ellas no formó parte de la litis.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274917-8d780abb/despido-excepciones-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESPIDO. LOS HECHOS QUE LO JUSTIFIQUEN DEBEN PRECISARSE EN LA CONTESTACION A LA DEMANDA. (s/clave)
- DESPIDO, PRUEBA DE SU JUSTIFICACION. (s/clave)
- DEMANDA, EN REBELDIA. PRUEBAS. (s/clave)
- DESPIDO. DETERMINACION DE LAS CAUSAS QUE LO JUSTIFICAN (PRUEBAS). (s/clave)
- DESPIDO DEL TRABAJADOR, CARGA DE LA PRUEBA EN CASO DE. (s/clave)
- DESPIDO JUSTIFICADO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis