DESPIDO, PRUEBA DE SU JUSTIFICACION.
Si a la alegación del trabajador quejoso, de separación injustificada, no se opuso excepción alguna respecto al hecho causal invocado, sino que simplemente se negó, correspondía al patrono la prueba de que el actor abandonó sus labores, si aceptó la existencia de la relación contractual y el hecho de estar separado del trabajo el propio actor, según lo ha resuelto esta Suprema Corte, pues cuando no se niega la existencia del contrato ni la separación objetiva, es susceptible de prueba el abandono o el aparente hecho negativo de que no existió despido, porque las proposiciones negativas circunscritas por elementos de tiempo y lugar, permiten demostración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376728-0e771a7a/despido-prueba-de-su-justificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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