COSTAS, CONDENADO PARA LOS EFECTOS DE LAS.
Conforme a una recta inteligencia, por "condenado", debe entenderse quien resulte vencido o no obtenga en dos sentencias coincidentes entre sí, aunque la primera no condene en costas y sin que importe que el vencido sea el actor o el demandado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255155-28e82a80/costas-condenado-para-los-efectos-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 549/73. Teresa Rangel de Pérez. 25 de enero de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Gastón Chao Arteaga.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "CONDENADO, QUIEN DEBE ENTENDERSE POR.".
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