COSTAS, CONDENA EN.
Procede la condenación en costas a cargo del vencido, cuando las dos sentencias son conformes de toda conformidad en su parte resolutiva; lo que pone de manifiesto que debe ser condenada a las costas la parte que pierde en el litigio, es decir, aquella parte que no obtiene sentencia favorable, puesto que se trata de una sanción que la ley impone a quien, sin derecho, obliga a otro a intervenir como parte en un proceso que le ocasiona daños, los cuales, y es éste el objeto de la sanción, deben ser indemnizados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339097-5567cc6b/costas-condena-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5657/55. Guillermo Castillo Nájera. 15 de noviembre de 1956. Cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
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