FIRMAS. DIFERENCIA APARENTE.
Aunque dos firmas que se dicen de la misma persona sean diferentes en forma aparente, si esa persona sostiene que ambas son de su mano, se requiere prueba pericial para dilucidar la cuestión, pues el juzgador, quien no es perito en caligrafía o grafoscopía, no puede sostener por sí y ante sí que ambas firmas son de personas diferentes, con una validez tal que deseche toda duda razonable, y que le permita desechar o desestimar una promoción hecha ante él, con el fundamento indicado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255239-709201dc/firmas-diferencia-aparente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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