Corpus
Modo: Corpus Pro

FIRMAS. DIFERENCIA APARENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 255239 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 71, Sexta Parte; Pág. 28

Aunque dos firmas que se dicen de la misma persona sean diferentes en forma aparente, si esa persona sostiene que ambas son de su mano, se requiere prueba pericial para dilucidar la cuestión, pues el juzgador, quien no es perito en caligrafía o grafoscopía, no puede sostener por sí y ante sí que ambas firmas son de personas diferentes, con una validez tal que deseche toda duda razonable, y que le permita desechar o desestimar una promoción hecha ante él, con el fundamento indicado.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255239-709201dc/firmas-diferencia-aparente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 507/74. Impresora Cello Mex, S.A. 26 de noviembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.

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