Corpus
Modo: Corpus Pro

SEGURO, POLIZAS DE. RECTIFICACION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 255979 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 50, Sexta Parte; Pág. 59

Expedidas las pólizas de seguro, si no concuerdan en la realidad con la relación de las características de los bienes que es voluntad del particular asegurar, al contar con ellas o al recibirlas, puede pedir su rectificación, en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de su recibo, como lo establece el artículo 25 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255979-849e0c26/seguro-polizas-de-rectificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 26/72. Severino Elechiguerra. 19 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "POLIZAS DE SEGURO, RECTIFICACION DE LAS.".

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