PATENTES, CLASIFICACION DE LAS.
Conforme a los artículos 4o. y 5o. de la Ley de la Propiedad Industrial, las patentes son de tres clases: a) las patentes de invención, comprendidas en las fracciones de la I a la III del citado artículo 4o.; b) las patentes de mejoras, comprendidas en la fracción IV de ese precepto, y c) las patentes de modelo o dibujo industrial, comprendidas en las fracciones V y VI. Ahora bien, las patentes de invención amparan las creaciones intelectuales que se traducen en nuevos productos industriales o en nuevas composiciones de materia, o en el empleo de medios nuevos o en la nueva aplicación de medios conocidos, para obtener productos o resultados industriales novedosos. Y las patentes de mejoras están directamente referidas a aquellas que produzcan un nuevo resultado industrial, es decir, a las patentes de invención. O sea que puede patentarse la mejora a una patente de invención, cuando esa mejora implique un resultado más eficiente del invento, o un procedimiento más fácil o menos costoso para obtener el resultado industrial. Pero es de notarse que la expresión "resultado industrial" sólo aparece en el artículo 4o. a comento, en las fracciones II, III y IV. Y, además, la fracción IV habla de "mejoras a una invención". Todo lo cual lleva a corroborar la conclusión de que una patente de mejora sólo puede aplicarse a mejorar una invención, amparada por una patente o del dominio público, según dice el precepto. Y ello corrobora también la conclusión de que una patente de mejoras debe producir un resultado en cuanto a la eficiencia del funcionamiento de la invención mejorada, o en cuanto al costo o facilidad del procedimiento empleado para obtener esa función o el resultado que con la invención se busca. Pero las ideas o concepciones que aplicadas a una invención no mejoren el resultado o producto de esa invención, ni la función o fin para los cuales esté destinado el invento, ni facilite el resultado o abata su costo, no se pueden considerar como mejoras a una invención. Por otra parte, las patentes de modelo o dibujo industrial amparan formas, dibujos, disposiciones artísticas, ornamentales, etcétera y dichas patentes no tienen que ver con el funcionamiento eficiente de un producto industrial ni con la facilidad del procedimiento para su obtención, ni con el costo relativo, sino sólo con el atractivo estético del producto, o con su aspecto peculiar y propio, etcétera. De donde se desprende que las formas o concepciones que podrían ser materia de una patente de dibujo o modelo industrial, en principio no pueden considerarse como mejoras a una invención, puesto que aunque afectan el atractivo estético de un producto industrial, se relacionan con la eficiencia del invento en cuanto al fin perseguido directamente por él. Pues aumentar el atractivo estético o comercial de un producto, no puede confundirse con mejorar una invención.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256304-175ecef6/patentes-clasificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PATENTES DE MODELO O DIBUJO INDUSTRIAL. PROHIBICIONES DEL ARTICULO 6o. DE LA MATERIA. (s/clave)
- PATENTES DE INVENCION. (s/clave)
- PATENTE DE MEJORAS (ARTICULO CUARTO, FRACCION CUARTA, DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL). (s/clave)
- PATENTE DE MEJORAS, REGISTRO DE. (s/clave)
- PATENTES INDUSTRIALES DE INVENCION, NOVEDAD EN LAS. (s/clave)
- PATENTES DE INVENCION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis