NULIDAD, CAUSA DE. NO INVOCADA EN LA DEMANDA FISCAL.
Si la parte quejosa no precisa en forma concreta la violación o violaciones en que hubiera incurrido la Sala Fiscal responsable a pronunciar la sentencia combatida a través del juicio de garantías, puesto que en los conceptos de violación que formula al respecto, comprende una cuestión que no fue alegada en los motivos de nulidad que se hicieron valer en la demanda fiscal, no puede ocuparse el Juez de Distrito del estudio de esa cuestión por el motivo indicado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256814-ec082348/nulidad-causa-de-no-invocada-en-la-demanda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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