PRESCRIPCION FISCAL. CAUSA DE PEDIR.
Si en la demanda fiscal se demandó la nulidad del requerimiento hecho a la quejosa, por estimar que su obligación estaba prescrita, el que en dicha demanda se haya invocado una fecha como inicio de la prescripción y de las pruebas rendidas apareciera haberse iniciado en otra, se tiene que concluir que no ha habido una variación sustancial de la causa de pedir, ni de la litis, que haga imposible estudiar si la prescripción corrió a partir de la segunda fecha citada. Si el actor alega que la prescripción se ha consumado con cierto exceso, y sólo prueba que se ha consumado, aunque sea sin exceso, debe obtener, pues no ha variado la causa de pedir, ni la litis correspondiente, a menos que se acreditara que en el caso particular la modificación de la fecha de inicio del término implica una modificación esencial en la posición legal adoptada para contar el término prescriptorio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256861-1f78d525/prescripcion-fiscal-causa-de-pedir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION FISCAL. NO SE INTERRUMPE CUANDO EN UN JUICIO DE AMPARO NO SE CONCEDE LA SUSPENSION. (517)
- PRESCRIPCION FISCAL. NO SE INTERRUMPE CUANDO EN UN JUICIO DE AMPARO NO SE CONCEDE LA SUSPENSION. (s/clave)
- PRESCRIPCION FISCAL. (s/clave)
- PRESCRIPCION GANADA, CUANDO NO OPERA LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL. (s/clave)
- PRESCRIPCION. PLIEGOS PREVENTIVOS. COMPETENCIA DE LA PROCURADURIA FISCAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis