LIBERTAD PREPARATORIA. ES VIOLATORIA DEL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL LA RESOLUCION DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCION SOCIAL QUE NIEGA LA TRAMITACION DEL BENEFICIO FUNDANDOSE EN LA APLICACION RETROACTIVA DE LA LEY.
La situación jurídica del delincuente que se encuentra purgando una pena está determinada fundamentalmente por la sentencia que lo condenó, la cual engendra para ese sujeto un conjunto de derechos y deberes. Así pues, las disposiciones legales aplicables durante el cumplimiento de dicho fallo, serán, en principio, las que estaban vigentes en la época en que se dictó y vigentes también al cometerse el delito, y sólo podrán aplicarse disposiciones posteriores cuando mediante ellas se favorezca al reo. De lo contrario, se infringirá el artículo 14 constitucional. Si el artículo 85 del Código Penal aún no reformado estaba en vigor cuando la recurrente fue sentenciada, ella adquirió, desde luego, el derecho a solicitar la libertad preparatoria y la negativa para tramitar su solicitud basándose en las reformas al precepto mencionado, que excluyeron de ese beneficio a quienes delinquieran en materia de estupefacientes, constituye una aplicación retroactiva del mismo. Contrariamente a lo afirmado por el Juez de Distrito, debe considerarse que la negativa del beneficio de la libertad preparatoria se traduce, efectivamente, en una agravación de la pena. Una condena que supone la posibilidad de obtener la libertad preparatoria es virtualmente menor a una que la rechaza y, sin lugar a dudas, cuando el legislador prevé la posibilidad de obtener dicho beneficio, está animado por el espíritu de reducir la pena, estimulando, por otra parte, al sentenciado, a adoptar en el futuro una conducta honesta, facilitando asimismo el camino para su regeneración.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257035-d7759fd4/libertad-preparatoria-es-violatoria-del-articulo-14-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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