AMPARO CONTRA UNA LEY, TERMINO PARA INTERPONERLO. RECONSIDERACION.
El Juez de Distrito, correctamente consideró que existe la causa de improcedencia prevista por la fracción XII del artículo 73 de la Ley de Amparo, ya que la quejosa presentó su demanda con extemporaneidad, según el término de los actos de aplicación de la ley que combate, cuando le fueron notificadas las multas que atacó por medio del recurso de reconsideración, pues aunque no existe constancia que establezca con precisión la fecha de dicha notificación, tomando en cuenta las de interposición de los recursos de reconsideración, en que se hace sabedora de la aplicación de la ley de que se trata, la demanda de garantías fue extemporánea. Por otra parte, aun en el supuesto de que la agraviada hubiese presentado en tiempo su demanda respecto de las resoluciones que decidieron los recursos de reconsideración, tal circunstancia no desvirtúa los razonamientos del Juez de Distrito para fundar el sobreseimiento del juicio en lo que se refiere a la constitucionalidad de la ley, que es un acto distinto del relativo a la legalidad o ilegalidad de las mencionadas resoluciones en sí.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258051-12ed911b/amparo-contra-una-ley-termino-para-interponerlo-reconsideracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO CONTRA UNA LEY, TÉRMINO PARA INTERPONERLO. RECONSIDERACIÓN.- (272)
- EXTEMPORANEIDAD DE LA DEMANDA DE AMPARO. (s/clave)
- LEYES, AMPARO EXTEMPORANEO CONTRA LAS. (s/clave)
- LEYES, AMPARO CONTRA LAS. ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- AMPARO CONTRA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY. CUANDO NO DEBEN AGOTARSE LOS RECURSOS ESTABLECIDOS POR ESTA. (s/clave)
- DEMANDA DE AMPARO, EXTEMPORANEIDAD DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis