JUICIOS FEDERALES. INCOMPETENCIA DE LA CORTE.
Aunque la demanda, desde el punto de vista formal, aparezca correcta, no se surte la competencia exclusiva de esta Suprema Corte si se trata de un negocio en el que no aparece involucrada la Federación, sino algunos organismos dependientes del Poder Ejecutivo, lo que es diverso a una intervención de la entidad Estados Unidos Mexicanos, razón por la cual, aunque se surte la competencia federal para conocer del litigio, tal facultad corresponde a un Juzgado de Distrito, en los términos de la fracción VII del artículo 43, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258211-7bc0a511/juicios-federales-incompetencia-de-la-corte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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