REGLAMENTOS. COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA REVISION EN EL AMPARO.
Al conocer de un amparo, el Pleno debe dejar a salvo la jurisdicción de la Segunda Sala de esta Suprema Corte de Justicia, en los términos del artículo 92, párrafo segundo de la Ley de Amparo, respecto del acto consistente en un decreto del presidente de la República que reformó un artículo de un reglamento, toda vez que el mismo tribunal en Pleno carece de competencia para conocer de los recursos de revisión que se enderecen contra las sentencias de los Jueces de Distrito, dictadas en los juicios de amparo en los cuales se reclame la inconstitucionalidad de un reglamento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258356-f4c61cea/reglamentos-competencia-para-conocer-de-la-revision-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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