Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA (ACEPTACION DE LA INHIBITORIA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 258674 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen VII, Primera Parte; Pág. 9

Si la autoridad judicial requerida para que se inhiba acepta la inhibitoria y renuncia su jurisdicción, en ese mismo momento deja de existir el conflicto competencial que se había suscitado y, por consiguiente, no se está en el caso de que los Jueces que tuvieron el carácter de contendientes, remitan los autos de que respectivamente conocían a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para los efectos de los artículos 106 de la Constitución General de la República y 11, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Si la contraparte en el juicio no está conforme con la determinación relativa, puede hacer uso del medio de impugnación que la ley local establezca, para que el superior jerárquico del Juez requerido, aceptante de la inhibitoria, revise su actuación y resuelva lo que legalmente proceda, y sólo en el caso de que se revoque su incompetencia, volverá a renacer la controversia competencial, pues de no ser así, la parte interesada podrá reclamar en la vía de amparo la interlocutoria relativa, en defensa de sus intereses.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258674-102b73ce/competencia-aceptacion-de-la-inhibitoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 35/57. Suscitada entre el Juez Primero de Letras del Ramo Civil de Monterrey, Estado de Nuevo León y el Juez Mixto de Primera Instancia de Reynosa, Estado de Tamaulipas. 21 de enero de 1958. Mayoría de quince votos. Disidente: Genaro Ruiz de Chávez. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen I, página 9. Competencia 91/55. Suscitada entre el Juez del Ramo Civil de Piedras Negras, Estado de Coahuila y el Juez de Primera Instancia del Ramo Civil del Puerto de Guaymas, Estado de Sonora. 16 de julio de 1957. Mayoría de doce votos. Disidentes: Gabriel García Rojas, José Rivera Pérez Campos y Genaro Ruiz de Chávez. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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